En atención al marco jurídico en materia Electoral y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción IX párrafo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 7 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, con motivo del inicio de la veda electoral de revocación de mandato y hasta la conclusión de las jornadas, se suspenderá temporalmente la propaganda gubernamental, la difusión por este medio de comunicación social.